Ámbito de Control

Ámbito de Control.

De acuerdo con el artículo 23 del Reglamento Interno de la Contraloría del Estado Amazonas, en resolución Nº DCEA-060-2022 de fecha 01 de Septiembre de 2022, están sujetos al control, vigilancia y fiscalización de la Contraloría del Estado Amazonas, los siguientes organismos, entidades y personas:

  1. Los Órganos a los que incumbe el ejercicio del Poder Público Estadal.
  2. Los Institutos Autónomos Estadales.
  3. Las sociedades de cualquier naturaleza en las cuales el Estado tenga participación en su capital social, así como las que se constituyan con la participación de aquéllas.
  4. Consejos Comunales.
  5. Las fundaciones y asociaciones civiles y demás instituciones creadas con fondos públicos Estadales, o que sean dirigidas por las personas a que se refieren los numerales anteriores o en las cuales tales personas designen sus autoridades, o cuando los aportes presupuestarios o contribuciones efectuados en un ejercicio presupuestario por una o varias de las personas a que se refieren los numerales anteriores representen el cincuenta porciento (50%) o más de su presupuesto.
  6. Las personas naturales o jurídicas que sean contribuyentes que en cualquier forma contraten, negocien o celebren operaciones con cualquiera de los organismos o entidades mencionadas en los numerales anteriores o que reciban aportes, subsidios, otras trasferencias o incentivos fiscales, o que en cualquier forma intervengan en la administración, manejo o custodia de recursos públicos Estadales.

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